5-Ley, Leyes

Ley, Leyes

Diccionario filosófico marxista · 1946:176-177

Leyes, Ley

El materialismo dialéctico afirma que la Naturaleza no es un
conglomerado casual de objetos y fenómenos, sino que en la Naturaleza
existen leyes objetivas, la causalidad y la necesidad. “El mundo es
el movimiento de la materia sujeto a leyes, y nuestro conocimiento,
como producto superior de la Naturaleza, sólo está en condiciones de
reflejar estas leyes” (Lenin). Los partidarios del subjetivismo y del
agnosticismo en filosofía (Hume, Kant, Mach) niegan el carácter
objetivo de las leyes por las que se rige la Naturaleza. Afirman que
el hombre impone las leyes a la Naturaleza, que la conciencia humana
introduce las leyes en el mundo, caótico, según ellos, de los
fenómenos. El materialismo dialéctico, por oposición al idealismo
subjetivo, afirma que el conocimiento humano descubre en los fenómenos
de la Naturaleza y de la sociedad las leyes objetivas, la conexión
interna objetiva del mundo. El materialismo dialéctico se opone
también al idealismo objetivo que, aunque reconoce las leyes
objetivas, supone sin embargo que la fuente de estas leyes no es la
materia, sino el espíritu, la idea absoluta, etc. La ley es la
expresión de los aspectos y conexiones más generales, más sustanciales
de la realidad material, y, por eso, las leyes científicas expresan
con mayor profundidad y plenitud que las percepciones sensoriales
directas, el cuadro del mundo objetivo. “La ley es el reflejo, de lo
esencial en el movimiento del Universo” (Lenin). El conocimiento
auténticamente científico consiste en descubrir las leyes objetivas de
la realidad. Sólo apoyándose en el conocimiento correcto de las
leyes, pueden los hombree influir activamente sobre la Naturaleza y
sobre el curso del desarrollo social. Dominando la filosofía del
marxismo-leninismo, adquirimos un conocimiento científico de las leyes
más generales por las que se rige el desarrollo de la Naturaleza, de
la Sociedad y del pensamiento humano.

Diccionario de filosofía y sociología marxista · 1959:97

Sujeción a leyes, Ley

“El mundo es un movimiento de la materia, sujeto a leyes; y nuestro
conocimiento, siendo el producto superior de la naturaleza, sólo está
en condiciones de reflejar esa sujeción” (Lenin).

El materialismo dialéctico sostiene que la naturaleza no es una casual
acumulación de objetos, de fenómenos, sino que existen en ella una
objetiva sujeción a leyes, la causalidad, la necesidad.

Diccionario filosófico abreviado · 1959:286-288

Ley

Relación necesaria entre las cosas, fenómenos o procesos, emanada de
su naturaleza interna, de su esencia. La noción de ley es uno de los
peldaños del conocimiento por el hombre de la unidad, relación e
interdependencia de los fenómenos del mundo objetivo.

Las leyes son objetivas, es decir, no son creadas por la conciencia y
la voluntad de los hombres, sino que existen independientemente de
ellas. En cuanto al reconocimiento del carácter objetivo de las
leyes, se manifiestan dos tendencias filosóficas opuestas: el
idealismo subjetivo, el voluntarismo, por una parte, y la tendencia
del materialismo filosófico, por la otra. Para el idealismo subjetivo
(ver), el voluntarismo (ver), las leyes de la naturaleza y de la
sociedad no son objetivas, no existen independientemente de la
voluntad humana, sino que son creadas arbitrariamente por los hombres.
El entendimiento dicta sus leyes a la naturaleza, decía Kant (ver).
Los filósofos reaccionarios actuales se afanan por demostrar que en la
naturaleza y en la sociedad reina el caos, que sólo la voluntad humana
puede poner orden en ellas. A fin de disimular a los ojos de las
masas trabajadoras las leyes que determinan el reemplazo ineluctable
del capitalismo por el socialismo, niegan las leyes objetivas del
desarrollo de la sociedad, intoxican la conciencia de las masas con
concepciones idealistas. Lenin revela el objetivo de clase de esta
negación: “Expulsar las leyes de la ciencia, no significa otra cosa,
en realidad, que introducir las leyes de la religión” (Obras, Ed.
rusa).

Contrariamente al idealismo, el marxismo parte del principio de que
las leyes de la naturaleza y de la sociedad son objetivas y que la
naturaleza y la sociedad se desarrollan de acuerdo con sus propias
leyes, que existen independientemente de la voluntad y de la
conciencia de los hombres. “El universo es el movimiento de la
materia, conforme a leyes, y nuestro conocimiento, que es el producto
supremo de la naturaleza, sólo puede reflejar leyes” (Lenin,
Materialismo y empiriocriticismo, p. 182, Ediciones Pueblos Unidos,
Montevideo, 1948).

El hombre puede descubrir las leyes de la naturaleza y la sociedad,
conocerlas y sobre la base de este conocimiento, utilizarlas
prácticamente. La herencia de las plantas, por ejemplo, se forma bajo
la influencia del medio en que viven. Se trata de una ley objetiva
que no se puede modificar ni abolir. Los hombres pueden descubrir
esta ley y, apoyándose en ella, adaptar el desarrollo de las plantas a
sus necesidades. Al crear condiciones objetivas determinadas, los
michurinistas (ver Michurin) logran modificar las plantas, obtener
mejores especies, etc. Sucede lo mismo en la vida social, donde las
leyes objetivas actúan independientemente de la conciencia humana.
Así, los hombres no pueden instaurar a voluntad tal o cual régimen
social. El marxismo prueba que el modo de producción de los bienes
materiales (ver), constituye la fuerza principal de la sociedad, y que
un régimen social determinado corresponde necesariamente a un modo de
producción dado. El socialismo era inconcebible en la Edad Media o en
el siglo XVIII, pues implica una producción altamente evolucionada.
Los deseos de los hombres no son suficientes pues, para establecer tal
o cual régimen social. Preciso es, para ello, que existan condiciones
objetivas determinadas y, en primer lugar, condiciones de vida
material, un cierto nivel en el desarrollo de las fuerzas productivas.

Pero el reconocimiento del carácter objetivo de las leyes, en manera
alguna significa proclamar la impotencia del hombre ante las fuerzas
de la naturaleza y de la sociedad. El fatalismo no es menos ajeno al
materialismo dialéctico que el subjetivismo. Las leyes de la
naturaleza y de la sociedad no pueden ser abolidas, pero esto no
significa que los hombres son impotentes para cambiar las condiciones
sobre cuya base surgen tales o cuales leyes, cambiando junto con estas
condiciones también la acción de las leyes. Así, junto con la
liquidación de las condiciones que hacen posible la existencia de la
sociedad capitalista, cesa la acción de las leyes del capitalismo, y
en su lugar y como consecuencia de las nuevas condiciones, surgen
leyes nuevas, las leyes del socialismo, contrarias a las del
capitalismo.

Los hombres son esclavos de la naturaleza mientras ignoran sus leyes,
pero a partir del momento en que aprenden a actuar de acuerdo y de
conformidad con ellas, los hombres ponen la naturaleza al servicio de
sus intereses. Adquiriendo el conocimiento de las leyes de la
naturaleza, teniéndolas en cuenta y apoyándose en ellas, pueden
limitar la esfera de su acción, imprimir a las fuerzas de la
naturaleza otra dirección. La fuerza de las aguas fue destructiva
mientras los hombres tuvieron poco conocimiento, mientras no supieron
construir represas, estaciones hidráulicas, etc., pero, una vez
adquirido el conocimiento de las leyes naturales correspondientes, los
hombres pudieron dominar la fuerza destructiva de las aguas, pudieron
hacerla servir a sus fines, utilizándola para regar los campos, para
obtener energía eléctrica, etc.

Toda la actividad del Partido Comunista de la Unión Soviética es un
ejemplo de utilización de las leyes objetivas en interés de la
sociedad. Apoyándose en las leyes económicas objetivas, especialmente
en la ley de correspondencia necesaria entre las relaciones de
producción y el carácter de las fuerzas productivas (ver), el Partido
preparó y organizó a las masas obreras y campesinas de Rusia para el
asalto contra el régimen caduco de los burgueses y terratenientes. La
Gran Revolución Socialista de Octubre triunfó porque el Partido
Comunista supo sacar provecho de las leyes objetivas que exigían la
abolición del régimen caduco que trababa el desarrollo de las fuerzas
productivas, para ser reemplazado por un régimen nuevo, socialista.
Una vez cumplida la revolución, la clase obrera de Rusia, guiada por
el Partido Comunista, hizo concordar las relaciones de producción con
el carácter de las fuerzas productivas, creó una industria socialista,
ayudó al campesinado a emprender el camino del socialismo. Si el
régimen capitalista subsiste todavía en los países burgueses, ello
obedece a que no se ha hallado en esos países todavía, una fuerza
social como la alianza realizada en Rusia entre la clase obrera y el
campesinado, capaz de cumplir las exigencias de la ley objetiva de
correspondencia necesaria entre las relaciones de producción y el
carácter de las fuerzas productivas, y de vencer la resistencia que
las clases explotadoras oponen a esta ley.

A diferencia de lo que sucede en la naturaleza, donde el
descubrimiento y la aplicación de las leyes se efectúa más o menos sin
obstáculos, la acción de las leyes de desarrollo progresivo en la vida
social, tropiezan con la resistencia de las clases decadentes.
Tratando de prolongar su existencia, estas últimas reprimen a las
fuerzas avanzadas, impidiéndoles realizar las exigencias de las leyes
objetivas. Pues en una sociedad dividida en clases, la utilización de
las leyes económicas es motivada por intereses de clase: es la clase
avanzada la que se halla a la vanguardia en la utilización de esas
leyes en interés de toda la sociedad, mientras que las clases
agonizantes se oponen. En la época en que era una clase avanzada en
lucha contra el feudalismo, la burguesía sacó provecho de la ley de
correspondencia necesaria entre las relaciones de producción y el
carácter de las fuerzas productivas. Hoy es una clase reaccionaria
que se sirve del poder político para luchar contra el proletariado, la
clase más avanzada y más revolucionaria. Pero por más que las clases
decadentes se opongan a las leyes objetivas y a las fuerzas sociales
que luchan por realizarlas, la victoria de las clases de vanguardia es
ineluctable.

A diferencia de las leyes de la naturaleza, las leyes sociales no son
duraderas. Todo modo de producción tiene sus leyes específicas, leyes
que obran mientras ese modo de producción existe. Cuando éste es
destruido y surge un nuevo modo de producción, las antiguas leyes
pierden su fuerza y abandonan la escena para ceder el lugar a las
nuevas leyes. Así, con el triunfo del socialismo en la U.R.S.S.,
dejaron de obrar la ley de la competencia y de la anarquía de la
producción, la ley general de la acumulación capitalista, la ley de la
plusvalía, etc., y nuevas leyes entraron en vigencia.

Además de las leyes económicas específicas que operan en el marco de
un modo de producción determinado, existen leyes económicas generales,
inherentes a todas las formaciones económico-sociales. Así, la ley de
correspondencia necesaria entre las relaciones de producción y el
carácter de las fuerzas productivas es una ley general. Otra ley
general que actúa tanto en un régimen capitalista como en un régimen
socialista, es la ley del desarrollo prioritario de la producción de
medios de producción con relación a la producción de medios de
consumo, sin lo cual es imposible la reproducción ampliada. Bajo la
acción de las leyes económicas específicas y generales, las
condiciones objetivas que reclaman la liquidación de una vieja
formación y el nacimiento de una sociedad nueva, más progresiva,
llegan a su madurez en el seno mismo de las antiguas formaciones. Las
leyes generales ligan a todas esas formaciones en un proceso regular
único que progresa de lo inferior a lo superior.

La teoría marxista de las leyes es de capital importancia para la
actividad práctica del Partido Comunista. El conocimiento de las
leyes sociales permite al Partido comprender no sólo el presente, sino
prever también el porvenir, dar a su política una base científica
inquebrantable, y guiar con seguridad a las masas trabajadoras por el
camino del comunismo. El Partido Comunista es hostil a las
concepciones oportunistas de la espontaneidad, de la acción automática
de las leyes de desarrollo, etc., que reducen el papel de los hombres
a una contemplación pasiva de los acontecimientos. Estas concepciones
son particularmente peligrosas bajo el socialismo donde el auge
económico se produce no de manera espontánea como sucede bajo el
capitalismo, sino de acuerdo con un plan establecido por los
organismos dirigentes conforme a las exigencias de la ley económica
objetiva del desarrollo armónico de la economía nacional. Para llevar
a cabo la planificación, es preciso estudiar a fondo esta ley,
aprender a aplicarla con conocimiento de causa, establecer planes
totalmente conformes con las exigencias de la misma.

Apoyándose en las leyes económicas del socialismo, el Partido
Comunista conduce con seguridad al pueblo soviético hacia el
comunismo. (ver Comunismo).

Diccionario filosófico · 1965:268-269

Ley

Conexión interna y esencial de los fenómenos, que condiciona el
desarrollo necesario, regular, de los mismos. La ley expresa un
determinado orden de la conexión causal, necesaria y estable entre los
fenómenos o entre las propiedades de los objetos materiales,
relaciones esenciales iterativas determinantes de que el cambio de
unos fenómenos provoque un cambio completamente determinado de otros
fenómenos. El concepto de ley es muy próximo al de esencia, o
conjunto de conexiones y procesos profundos a los cuales se deben los
rasgos y tendencias capitales del desarrollo de los objetos. El
conocimiento de la ley presupone el paso del fenómeno a la esencia y
siempre ocurre por medio del pensar abstracto, al dejar aparte
numerosos caracteres puramente individuales e inesenciales de los
fenómenos. Existen tres grupos principales de leyes: 1) específicas o
particulares; 2) generales para grandes grupos de fenómenos; 3)
universales. Las primeras expresan relaciones entre fenómenos
específicos concretos o propiedades particulares de la materia.
Poseen determinación cuantitativa y cualitativa objetivamente exacta y
pueden ser expresadas de manera funcional, en una determinada forma
matemática. Las segundas se revelan en una gama sumamente amplia de
condiciones y caracterizan las relaciones entre las propiedades
generales de los grandes conjuntos de objetos y fenómenos (por
ejemplo, las leyes de la conservación de la masa, de la carga
eléctrica en física, la de la selección natural en biología, etc.).
También admiten expresión funcional. Las terceras son las leyes
dialécticas fundamentales del mundo, que expresan relaciones entre
propiedades o tendencias universales, existentes en todas partes, del
desarrollo de la materia. Carecen de forma funcional concreta y no se
expresan matemáticamente, ya que no están limitadas por ninguna clase
de constantes, parámetros, condiciones determinantes o grupos
específicos de objetos, sino que actúan como principios universales de
todo ser, como lo general que se manifiesta en la multitud de leyes de
los grupos 1) y 2). No obstante, los límites entre estas leyes, su
diferencia, son condicionales, móviles. En las leyes particulares,
específicas, se manifiesta la acción de las generales, y éstas llegan
a conocerse por medio de la generalización de los fenómenos concretos,
entre ellos también las leyes particulares. Las leyes se distinguen,
además, por el hecho de que unas actúan diferencialmente en el tiempo,
de suerte que las consecuencias de ellas derivadas cobran realidad en
cada intervalo de tiempo, suficientemente pequeño, mientras que las
otras actúan integralmente; es decir, las consecuencias que de ellas
se desprenden no cobran realidad en cada momento dado, sino tan sólo
en el transcurso de un período de tiempo suficientemente prolongado o
cuando se produce un cambio total del sistema. Tales son, por
ejemplo, las leyes que poseen un carácter estadístico. El que una ley
se realice depende de que concurran las condiciones correspondientes.
Crear éstas, asegura que las consecuencias que se derivan de la ley
pasen de la esfera de lo posible a la esfera de lo real. En la
sociedad, la realización de la ley presupone la actividad de las
personas capaces –consciente o inconscientemente– de crear o de
destruir las condiciones de la acción de la ley. Los hombres, sin
embargo, no crean por sí mismos las leyes, sino que tan sólo limitan o
amplían, en consonancia con sus necesidades e intereses, la esfera de
acción de aquéllas. Las leyes, pues, existen de manera objetiva,
independientemente de la conciencia de los hombres, como expresión de
las relaciones reguladas entre las propiedades de los cuerpos o las
distintas tendencias de desarrollo.

Diccionario de filosofía · 1984:254

Ley

Conexión interna esencial y estable de los fenómenos, que determina su
desarrollo necesario. El conocimiento de la ley permite prever con
certeza el curso del proceso. La noción de ley es próxima a la de
regularidad, que constituye un conjunto de leyes interrelacionadas por
su contenido y que garantizan la tendencia u orientación estable en
los cambios del sistema. Al mismo tiempo, la ley expresa uno de los
aspectos de la esencia, cuyo conocimiento en la teoría coincide con el
paso de los hechos empíricos a la formulación de las leyes de los
procesos estudiados. En el mundo objetivo existen leyes de tipos muy
diversos. Unas leyes expresan la interconexión funcional entre las
propiedades del objeto (por ejemplo, la ley de la unión recíproca de
la masa y la energía), otras, la conexión entre los objetos materiales
mismos en los sistemas grandes por sus dimensiones (por ejemplo, la
ley de las interacciones electromagnéticas y gravitacionales), entre
los propios sistemas o entre los distintos estados (o fases) en el
desarrollo de los sistemas (por ejemplo, la ley del tránsito de los
cambios cuantitativos a cualitativos, y otras). Las leyes se
diferencian también por el grado de comunidad y la esfera de acción.
Las leyes particulares o específicas expresan el nexo entre las
propiedades concretas físicas, químicas o biológicas de los cuerpos.
Las leyes generales expresan la conexión mutua entre las propiedades
universales y los atributos de la materia. Se manifiestan a todos los
niveles estructurales conocidos de la materia y se estudian por el
materialismo dialéctico, la física, la cibernética, la biología, etc.
Todos los fenómenos del mundo se subordinan a ciertas leyes, es decir,
todo está determinado, condicionado por las leyes objetivas. Existen
diversas formas y leyes de la determinación. Si los estados
precedentes del sistema condicionan de modo univalente sus estados
posteriores, el cambio de tal sistema se subordina a las leyes
dinámicas, a la determinación univalente. Por el contrario, en el
caso de que los estados precedentes de un sistema complejo condicionen
a los posteriores de modo no univalente, el cambio de tal sistema se
subordina a las leyes estadístico-probabilitarias. En la naturaleza,
las leyes se realizan de manera inconsciente, en virtud de la
interacción objetiva de los cuerpos materiales. En la sociedad, todas
las leyes sociales se realizan gracias a la actividad consciente y
perseverante de los hombres, al factor subjetivo. La realización de
las leyes depende de la existencia de las condiciones
correspondientes. La creación de estas últimas asegura la transición
de los efectos derivados de las leyes, de la esfera de lo posible, a
la de lo real. Pero los hombres no crean las leyes mismas, sino que
sólo limitan o amplían su esfera de acción en conformidad con sus
necesidades e intereses. Las leyes mismas existen de modo objetivo,
independientemente de la conciencia de los hombres, como expresión de
las relaciones interiores necesarias y esenciales entre las
propiedades de las cosas o las distintas tendencias del desarrollo.

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