Estallido social en Perú

Bajo los efectos de una crisis económica profunda, las consecuencias devastadoras de una pandemia que ha dejado ya 70.000 fallecidos, una tasa de paro superior al 16%, y un modelo económico neoliberal que provoca estragos a la mayoría de la población desde hace décadas junto a una creciente desigualdad social, los peruanos se echaron a las calles.

El lunes, 9 de noviembre de 2020, el Congreso de la República de Perú acordó por 105 votos a favor, 19 en contra y 4 abstenciones, destituir al Presidente de la República Martín Vizcarra mediante el procedimiento especial que regula el artículo 113.2 de la Constitución de 1993 1, relativo a la declaración de vacancia presidencial por «permanente incapacidad moral».

Esta figura jurídica tiene un recorrido histórico largo. Se introdujo por vez primera en la Constitución de 1873 y se ha mantenido desde entonces en todos los textos constitucionales posteriores. El 19 de noviembre último, el Tribunal Constitucional de Perú ha dictado sentencia 2 declarando improcedente la demanda competencial sobre vacancia presidencial que cuestionaba la legitimidad de su aplicación al expresidente peruano, Martín Vizcarra.

La resolución judicial se adoptó por la mayoría conservadora de cuatro magistrados frente a la minoría progresista de tres de sus miembros, incluyendo en ésta a la Presidenta del Tribunal Constitucional, Marianella Ledesma.

La decisión judicial versaba sobre el intento fallido de la declaración de vacancia que se había tramitado en septiembre de 2020 a raíz de la difusión por algunos medios de unos audios que presuntamente mostraban al presidente Vizcarra conspirando para ocultar la supuesta participación del gobernante en la contratación irregular del cantante Richard Swing en el Ministerio de Cultura.

Los demandantes solicitaban, entre otras cuestiones, que el TC se pronunciase de forma expresa sobre el alcance y límites de la llamada incapacidad moral del presidente –artículo 113.2 de la Constitución- que de manera oficiosa se ha venido interpretando, desde 1873, con el primer texto constitucional de la República, como incapacidad mental o psíquica.

La resolución judicial estima que no consta cuestión litigiosa en el asunto ya que la acción judicial se planteaba sobre un previo procedimiento de vacancia fracasado en septiembre de 2020 y con posterioridad, en otro diferente, el Presidente Vizcarra había sido ya destituido, por lo que se había producido una sustracción de la materia, es decir, la desaparición de los supuestos fácticos o jurídicos que sustentan una acción jurisdiccional o administrativa.

Como ha indicado Marianella Ledesma, presidenta del alto tribunal, el TC se ha lavado las manos, deja sin interpretar el confuso término de incapacidad moral, y con su actuación contribuye a una permanente inestabilidad política. En realidad, la destitución de Vizcarra por permanente incapacidad moral, ha sido un golpe de estado blando, un lawfare. El Congreso peruano cuenta con 130 miembros de los que 68 3 se encuentran en la actualidad acusados por Fiscalía y sometidos a procesos judiciales, por todo tipo de actividades corruptas, incluso en algún caso por posible asesinato. Promovido el golpe por el ultraderechista Manuel Merino, y con el apoyo de los numerosos congresistas acusados de corrupción, se alzó éste con la Presidencia de la República el pasado 9 de noviembre, manteniéndose en el cargo hasta su posterior renuncia seis días más tarde.

En la misma noche en la que Merino es auspiciado al cargo de Presidente, el Partido Morado se opone y formula un llamamiento a la ciudanía para defender la democracia en las calles. La inmensa mayoría de los peruanos percibieron estos hechos como un golpe de estado que ponía en peligro una débil y limitada democracia que aún mantiene en vigor la Constitución de 1993 del dictador Alberto Fujimori.

Bajo los efectos de una crisis económica profunda, las consecuencias devastadoras de una pandemia que ha dejado ya 70.000 fallecidos, una tasa de paro superior al 16%, y un modelo económico neoliberal que provoca estragos a la mayoría de la población desde hace décadas junto a una creciente desigualdad social, los peruanos se echaron a las calles.

Desde el mismo momento en que Merino se hace con el poder, y hasta la designación el 17 de noviembre último del Presidente Francisco Sagasti del Partido Morado y de la Presidenta del Congreso, Mirtha Esther Vásquez del Frente Amplio, las manifestaciones se han ido sucediendo en Lima, ChiclayoArequipa, Trujillo, Cuzco y en otras tantas localidades del Perú, con una destacadísima participación de los jóvenes en todas ellas. La generación del bicentenario presentaba así sus cartas credenciales en la convulsa sociedad peruana. En la Marcha Nacional del pasado 12 de noviembre se concentran en Lima, en la Plaza San Martín, cientos de miles de manifestantes que son recibidos más tarde con descargas de bombas lacrimógenas y perdigones de fabricación española 4. Jack Bryan Pintado de 22 años recibe el impacto de diez proyectiles en el rostro, cabeza y tórax e Inti Sotelo Camargo, de 24 años, cuatro proyectiles, uno de ellos en el corazón. Ambos pierden la vida.

Mientras los jóvenes berlineses se han movilizado en fecha reciente contra las medidas restrictivas del gobierno alemán para combatir la pandemia y han reivindicado “libertad”, olvidando reclamar la retirada de los 52.000 militares estadounidenses que ocupan Alemania,  el desmantelamiento de las decenas de bases militares yanquis, la salida de la OTAN o la impugnación de las políticas neoliberales, los jóvenes de Perú, y también de Chile, se rebelan en las calles y plazas, unos con mascarillas y otros sin éstas, sin guardar distancias físicas, rompiendo toda la normativa restrictiva impuesta por las autoridades como consecuencia del covid 19, contra las políticas autoritarias, los golpes de estado y por la imperiosa necesidad de procesos constitucionales que implementen una democracia con derechos sociales y económicos, antineoliberal y afianzada en la soberanía de sus respectivos pueblos.

El estallido social en Perú, al igual que en Chile, tienen el común denominador de constituir verdaderas reivindicaciones políticas que apuntan el camino de procesos de ruptura democrática. En ambos casos se trata de enterrar de manera definitiva las constituciones de los dictadores Pinochet y Fujimori y el restablecimiento de derechos y libertades democráticas formales plenas. Ahora en Perú, como en Chile5, se abren futuros llenos de incertidumbres. En Perú, la  decisión judicial adoptada por la mayoría del Tribunal Constitucional a lo poncio pilatos y manteniendo, sin límites, el procedimiento de vacancia presidencial por permanente incapacidad moral6, constituye un respaldo y un cheque en blanco a  futuros y previsibles golpistas entre los numerosos congresistas acusados en sede judicial de corrupción. No faltaran candidatos para tan execrable propósito.

El próximo 11 de abril de 2021 tendrá lugar en Perú nuevas elecciones al Congreso y a la Presidencia de la República en el marco de las conmemoraciones del bicentenario. Ese mismo día, en Chile, sus ciudadanos elegirán a los constituyentes encargados de redactar una nueva constitución.

El resultado de estos dos importantísimos acontecimientos políticos expresaran, sin duda, cuál es, en ese momento, la correlación de fuerzas en ambos países. Los estallidos sociales de Chile y Perú deberían transformarse a partir de ahora en organización permanente dotados de una estrategia de ruptura democrática y extendidos a la totalidad de sus respectivos territorios, reivindicativos de nuevos textos constitucionales verdaderamente democráticos que ponga término al modelo neoliberal, recuperen la soberanía de sus pueblos, reconozcan derechos sociales y económicos y promuevan una actividad política que se apoye en el protagonismo obrero y popular.

Miguel Medina Fernández-Aceytuno

Vídeo

1 Constitución de la República de Perú de 1993

2 Sentencia de 19 de noviembre de 2020 del Tribunal Constitucional de Perú.

3 El Economista, 10 de noviembre de 2020.

4 Según denuncia Amnistía Internacional (AI), España ha autorizado la venta de material antidisturbios para la Policía peruana por un valor que en los últimos cinco años ha alcanzado los 23 millones de euros.

5 Hojas de Debate ¿Es posible la ruptura democrática en Chile? 23, 24 y 25 de noviembre de 2020.

6 Procedimiento de vacancia presidencial por permanente incapacidad moral

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