Manifiesto en contra de la reforma del Código Penal, que “genera graves afectaciones en el derecho a la protesta”

Celebran la reforma de la sedición pero advierten de “un retroceso en términos de democracia”.

Numerosos colectivos de Cataluña han suscrito un Manifiesto en el que muestran su desacuerdo relativo a la modificación de los delitos de desórdenes públicos que impulsa el gobierno de coalición y ERC, y que supondrían una vulneración de derechos e intensificarían la tendencia represiva de los últimos años. 

Las entidades firmantes del Manifiesto celebran «la propuesta de derogación del delito de sedición». Sin embargo, afirman que «la actual propuesta de reforma genera graves afectaciones y limitaciones al libre ejercicio del derecho a la protesta, dejando en manos de los tribunales la interpretación y aplicación de conceptos jurídicos demasiado ambiguos». Si esta reforma sigue adelante «constituirá una nueva agresión a los derechos fundamentales de la ciudadanía y supondrá un retroceso en términos de democracia». Se abre la puerta al aumento de la represión contra el derecho de protesta, posibilitando intensificar incluso aún más la tendencia represiva que se manifiesta en los últimos años contra las legítimas movilizaciones sociales, realizadas al amparo de la llamada “ley Mordaza” que el gobierno PSOE-UP pactó derogar y que tres años más tarde no lo han hecho.

El Manifiesto indica que si bien se deroga el delito de sedición, se incorpora un tipo agravado de desórdenes públicos que, con una nueva terminología, persigue algunas de las actuaciones que incorporaba la sedición, traspasándolas a las formas y herramientas históricas de protesta que siempre se han utilizado para defender y/o conseguir derechos sociales, políticos y laborales. Se criminaliza la protesta pacífica facilitando condenas penales de hasta seis meses de cárcel o multas para los activistas.

Por otra parte, se propone en la propuesta de reforma penal la  incorporación de conceptos genéricos, subjetivos e indeterminados en su redactado que permitirían la arbitrariedad en la criminalización de un gran número de acciones que forman parte del derecho de protesta, actuaciones frecuentes en nuestra sociedad y que son necesarias para realizar reivindicaciones sociales y visualizar el malestar colectivo.

El texto plantea, además, que los desórdenes públicos también pueden cometerse por “intimidación“. Este concepto comporta un alto grado de subjetividad y, previsiblemente, una mayor incriminación. El uso de esta terminología puede acarrear la imposición de penas más elevadas que en la normativa actual, incluso prisión. Un dato preocupante porque se utiliza un término subjetivo sin definir muy bien lo que es, que hará más fácil judicializar la lucha social. Con la figura de la intimidación podría considerarse, por ejemplo, que un grupo de personas con silbatos y pancartas que irrumpe en una oficina de un fondo buitre está intimidando. Algo muy factible dado el carácter singular del poder judicial en nuestro país.

Fuente: El Salto, 31.05.22.

La reforma propuesta introduce como delito la invasión u ocupación de locales o espacios públicos (vías públicas) o privados, sin violencia ni intimidación, que se castiga con penas de hasta 6 años de cárcel o 12 meses de multa. Aunque no concurra ni violencia ni tampoco intimidación, puede haber delito. El mero hecho, por ejemplo, de protestar en una oficina bancaria o en la sede de un fondo de inversión ya se considera un delito penado con cárcel o multa. Una vez más, se pretende criminalizar de forma clara una expresión del derecho a la protesta indispensable para las luchas sociales, algo que afecta negativamente a las movilizaciones por el derecho a la vivienda y por la defensa de los puestos de trabajo o la mejora de las condiciones laborales, entre otras.

El tipo básico del delito se agrava (incluyendo, por tanto, una protesta con intimidación, pero sin violencia) si los hechos son llevados a cabo por una «multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar al orden público». Por tanto, se abre la puerta a criminalizar actuaciones en base a la mera hipótesis de que podrían llegar a poner en peligro el orden público, y además, introduce las penas de inhabilitación para ejercer un empleo o un cargo públicos, afectando a los cargos electos y al personal que trabaja en las administraciones públicas.

Los piquetes, las paralizaciones de desahucios, las protestas sindicales ante la sede de una empresa o fábrica, etc. quedan amenazadas de muerte con un texto de estas características. Además, si la manifestación es multitudinaria aún se prevén sanciones mayores, como la pena de prisión de tres a cinco años cuando se cometan por una multitud cuyo número, organización y propósito sean idóneos para afectar gravemente el orden público.

El derecho de protesta es el derecho de los derechos. Un mecanismo efectivo de participación ciudadana en los asuntos públicos que permite impulsar transformaciones sociales y políticas significativas, así como establecer un diálogo entre la ciudadanía y el poder representativo. Si bien el derecho de protesta no está codificado como tal en la normativa internacional, es un concepto que integra un conjunto de derechos fundamentales: el derecho a la reunión pacífica, la libertad de expresión, la libertad de asociación, la libertad de información y el derecho emergente a defender los Derechos Humanos.

En el Estado español, la normativa estatal reconoce el derecho de reunión y el de manifestación como derechos fundamentales (artículo 21 de la Constitución Española); ambos permiten la protección armónica y conjunta del derecho de protesta social. Del mismo modo, la normativa europea -Convenio Europeo de Derechos Humanos. Desde 2015, la reforma del Código Penal (Ley Orgánica 2/2015, 30 de marzo) y la aprobación y vigencia de la Ley de Seguridad Ciudadana -popularmente conocida como Ley Mordaza-, se han consolidado como una respuesta represiva ante de la expansión de la movilización social en nuestras calles, incluida la que reclama el derecho a la autodeterminación. Hace años que la acción colectiva y organizada se ha visto repetidamente perseguida, reprimida y criminalizada.

La reforma propuesta de los delitos de desórdenes, con referencia a la intimidación, la inclusión de las penas de inhabilitación, la tipificación de la ocupación temporal y pacífica de espacios públicos o privados, el mantenimiento del concepto de paz pública y la tipificación de la mera posibilidad de atentar contra el orden público, incrementa gravemente la tendencia represiva de los últimos años. Además, plantea un escenario de recorte de libertades fundamentales en un momento en el que será muy necesaria una autoorganización y movilización social en las calles para llevar a cabo una transición ecosocial sin pérdida de derechos básicos. 

El Manifiesto reclama «que el Código Penal se adecue a los estándares internacionales sobre derechos humanos… No queremos ningún Código Penal que criminalice las actuaciones sociales que defienden y conquistan derechos humanos para todas. Por ello, pese a no estar de acuerdo con el anterior Código Penal, pedimos que durante el trámite parlamentario no se agraven los delitos de desórdenes públicos para garantizar el ejercicio del derecho de protesta». 

Una perspectiva más general de la lucha antirepresiva en nuestro país debería incluir, igualmente, un llamamiento a todas las organizaciones y movimientos sociales a seguir luchando por:

* El fin de la criminalización de la lucha social, que exige el archivo de todas las causas judiciales abiertas y retirada de todos los cargos imputados contra activistas.

* La derogación inmediata de la Ley Mordaza, tal y como prometió el gobierno de PSOE-UP y de todos los artículos del Código Penal que obstaculizan el ejercicio de los derechos y libertades democráticas.

Suscriben el Manifiesto:

– Alerta Solidaria
– Alianza de Mareas y Movimientos Sociales
– A raíz
– Ca la Dona
– Calala – Fondo de Mujeres
– CGT Cataluña
– CONFAVC
– Constituyentes por la Ruptura
– Contracorriente y Corriente Revolucionaria de Trabajadores (CRT)
– Coordinadora Movimientos Sociales y Sindicales de Cataluña
– Coordinadora Obrera Sindical
– Ecologistas en Acción Cataluña
– Elite Taxi
– End Fossil Barcelona
– Adelante-OSAN
– Frente Común Contra la Represión
– Intersindical Alternativa de Cataluña – IAC
– Irídia – Centro para la defensa de los derechos humanos
– La Intersindical (CSC)
– Lucha Internacionalista
– Marea Blanca Cataluña
– Marea Pensionista
– Niños Escuchas y Guías de Cataluña
– Novact
– Ómnium Cultural
– Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH)
– PAH Barcelona
– Piratas de Cataluña
– Plataforma 3 de octubre
– Plataforma Antirrepresiva de Barcelona
– Plataforma por la Paz – OTAN NO
– Proceso Constituyente
– Rebelión o Extinción
– Sectorial de Personas Represaliadas del ANC
– Sindicato de Inquilinos de Cataluña
– Sindicato de Estudiantes de los Países Catalanes (SEPC)
– Cerramos los CIE
– Red Antirepresión de Familiares de Detenidas
– Red de Vivienda de la Izquierda del Eixample (XHEE)
– Red por la Justicia Climática

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