La segunda fase de la reforma de las pensiones del gobierno de coalición

Tanto el aumento del periodo cotizado computable para el cálculo de la base reguladora, como el posible retraso en la edad de jubilación, son medidas, entre otras tantas, que se incardinan en un perverso proceso de privatización del sistema público de pensiones.

El gobierno de coalición remitió a la Comisión Europea el Programa Nacional de Reformas en el marco del Plan Europeo de Recuperación, Transformación y Resiliencia en cuya página 39 podemos leer: «Adicionalmente, en 2022 se aprobará el Proyecto de Ley de Regulación para el Impulso de los Planes de Pensiones de Empleo, actualmente en tramitación parlamentaria, al objeto de incentivar los sistemas complementarios de pensiones, y se modificará el sistema de cotización de los trabajadores autónomos, la base de cotización máxima y el período de cómputo de la pensión de jubilación.»

La primera fase de la reforma de las pensiones puso término a la del Partido Popular de 2013 y vinculó las pensiones al IPC [1]La Ley 21/21 establece como referencia de revalorización anual de las  pensiones, el llamado “IPC Medio”, es decir, el promedio de los IPC de los doce meses del año. Utilizar … Seguir leyendo, pero estableciendo nuevas penalizaciones a la jubilación anticipada y el fomento de la jubilación demorada, así como la sustitución del factor de sostenibilidad por el nuevo mecanismo de equidad intergeneracional (MEI). La segunda fase es la que abordará, entre otros temas, el incremento de los años para la determinación de la base reguladora de la jubilación, la base de cotización de los autónomos, supresión de límites a la base de cotización máxima y posiblemente un nuevo retraso de la edad de jubilación.

En la actualidad, el cálculo de la base reguladora para la jubilación se determina en función de los últimos 25 años cotizados, actualizados según la evolución del IPC, salvo los de los últimos 24 meses, que se dividen por un cociente de 350. Los años de cotización para la concreción de la base reguladora pasaron de 2 a 8 en 1985. Más tarde, en 1995 se elevaron a 15 y, finalmente, con la reforma de Zapatero de 2.011 hasta los 25 años actuales, aunque de forma gradual según el año de acceso a la jubilación.

En el llamado Plan Nacional de Reformas no se indica cuál será el incremento de los años para la determinación de la base reguladora, pero todo apunta que alcanzará los 35, un tiempo prácticamente coincidente con la vida laboral activa de la clase asalariada con empleo estable. Inevitablemente, el aumento de los años de cotización computables, junto a la ampliación del periodo de 35 a 37 años cotizados para cobrar el 100% de la base reguladora, provocará de manera generalizada un descenso en el importe de las prestaciones de jubilación, que podría alcanzar un recorte medio del 8.8%, siempre que el titular de la prestación no pueda elegir los mejores años de cotización, según se indica en el Informe del Grupo de Investigación en Pensiones y Protección Social de las Universidades de Extremadura y Valencia, p. 3. En la misma línea se pronuncia el Banco Bilbao Vizcaya cuando señala que «a la hora de calcular la base reguladora que determinará el importe de la pensión, cuantos más años, de los que sean tenidos en cuenta en el cálculo de esa base reguladora, se acerquen a los de inicio de la carrera laboral, más baja será la cotización que se tenga en cuenta para el cálculo y, por tanto, menor será la pensión de jubilación

La Unión Europea viene recordando al ejecutivo de coalición la necesidad de compensar el incremento en el gasto de las pensiones por la derogación del factor de sostenibilidad y la vinculación de sus cuantías a la inflación media con medidas que reduzcan su coste. La evaluación de la Comisión Europea de esta segunda fase de la reforma de pensiones tendrá lugar al inicio de 2023 y condicionará el cuarto desembolso de fondos previsto.

Otra de las medidas que baraja el gobierno de coalición en esta nueva fase de las reforma de las pensiones es la relativa al posible incremento de la edad de jubilación desde los 67 años previstos a partir de 2.027 a los 70. Su implantación podría respetar la actual cadencia de progresividad.

El Círculo de Empresarios ha propuesto retrasar la edad de jubilación hasta los 70 años, con un intervalo de penalizaciones e incentivos comprendido entre los 68 años como edad mínima y los 72 años como máximo, en un documento titulado “Una reforma inaplazable de nuestro sistema de pensiones“. La patronal indica: «La bondad de la propuesta es que consideramos que es bueno para la economía española no bajar las pensiones. El único mecanismo posible es el retraso de la edad de jubilación», es decir, acercar en el tiempo lo máximo posible la jubilación y la defunción, con lo que empeoran las condiciones materiales de vida de las personas mayores acortando su esperanza de vida y obstaculizan, al mismo tiempo, el acceso de los jóvenes al empleo.

Una pseudo “demografía” muy interesada oculta estas consecuencias. Contrariamente a lo que pretenden lugares comunes al uso, estas reformas regresivas de los sistemas públicos de pensiones no se justifican por un ineludible imperativo demográfico, como bien advierten conocidos especialistas en demografía. [2]Julio Pérez Díaz, Apuntes de Demografía (https://apuntesdedemografia.com/).

Dada la escasísima resistencia que muestra el gobierno de coalición frente a los intereses de la gran patronal, no hay que descartar que más pronto que tarde se adopte alguna medida encaminada a retrasar aún más la edad de la jubilación. Es de recordar, en este sentido, que el ministro Escrivá ya exponía no hace mucho en el Diario Ara: «Hay que hacer un cambio cultural en España para conseguir que se trabaje más entre los 55 y los 75 años».

Por otra parte, este mismo ministro de la Seguridad Social ha sostenido en fecha reciente la oportunidad de que los funcionarios presten servicio hasta los 72 años para acceder a las prestaciones de jubilación.

Tanto el aumento del periodo cotizado computable para el cálculo de la base reguladora, como el posible retraso en la edad de jubilación, son medidas, entre otras tantas, que se incardinan en un perverso proceso de privatización del sistema público de pensiones. La potenciación de los Planes de Pensiones Privados y la puesta en marcha de los Planes de Pensiones de Empleo son ejemplos claros de la política neoliberal a la que sigue anclado el actual gobierno de coalición dirigida a trasvasar cotizaciones de la clase asalariada y las empresas desde el sistema público de pensiones a las entidades financieras privadas. Miles de millones de euros engrosarán las arcas de bancos y fondos buitres en perjuicio de la Seguridad Social.

Se afirma de manera insistente desde las más altas instancias gubernamentales que las medidas que se adoptarán en la segunda fase de la reforma de pensiones están encaminadas a fortalecer los mecanismos de financiación del sistema público de pensiones. Sin embargo, la transferencia de cotizaciones a bancos y otras entidades financieras, mediante los planes privados de pensiones y los planes de pensiones de empleo, en perjuicio de las arcas de la Seguridad Social indican todo lo contrario: de lo que se trata es de debilitar el sistema público de pensiones, hasta convertirlo en un gestor de la beneficencia, para al mismo tiempo abrir nuevas líneas de negocio en favor del capital privado.

Esta dinámica solo puede revertirse desde la organización y la movilización social de la clase trabajadora y las capas populares. Es tarea de la mayoría social. Y en este sentido, la convocatoria de una manifestación en Madrid para el próximo 15 de octubre, promovida por las más diversas organizaciones sociales, puede constituir un paso importante en la imperiosa necesidad de modificar la actual correlación de fuerzas en favor de los intereses obreros y populares.

Notas

Notas
1 La Ley 21/21 establece como referencia de revalorización anual de las  pensiones, el llamado “IPC Medio”, es decir, el promedio de los IPC de los doce meses del año. Utilizar el IPC promedio supone en la práctica rebajar el importe de las pensiones y reducir el poder adquisitivo de los pensionistas. El “IPC Real” desde diciembre de  2020 hasta noviembre de 2021 -año contable 2021 a efectos de revalorización- ha sido del  5,5%; sin embargo, el “IPC Medio” fue solo el 2,5%. El resultado de aplicar este nuevo  indicador ha sido la pérdida de un 3% de poder adquisitivo en las pensiones contributivas.
2 Julio Pérez Díaz, Apuntes de Demografía (https://apuntesdedemografia.com/).
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