El Tribunal Internacional Contra el Bloqueo a Cuba dicta sentencia
En su fallo, el Tribunal dispone que «dado que las numerosas sanciones y las leyes estadounidenses en las que se basan son ilegales, deben ser abolidas. Los EE.UU. deben pagar una indemnización por los daños causados al Estado cubano, a sus empresas y a sus ciudadanos.»
En su preámbulo, la sentencia declara que las amplias sanciones políticas y económicas impuestas a la República de Cuba desde 1960 y hasta la fecha violan el derecho internacional.
Desde 1960, señala la resolución, «los Estados Unidos han construido una red cada vez más amplia de sanciones contra todos los ámbitos de la vida social en Cuba, que afectan profundamente las condiciones de vida de los cubanos.» Con apoyo en la “Ley de Comercio con el Enemigo” de 1917, el gobierno de EE.UU. adoptó una serie de leyes y reglamentos posteriores a la Revolución cubana de 1959 que dañan de manera muy grave la vida social, económica y política de Cuba, como “Ley de Asistencia Extranjera” de 1961, el “Reglamento de control de Activos Cubanos” de 1993, la “Ley para la Democracia” de 1992, llamada “Ley Torricelli”, la “Ley Cubana de Libertad y Solidaridad Democrática” de 1996, la llamada “Ley Helms-Burton” y la “Ley de Reforma de las Sanciones Comerciales y Mejora de las Exportaciones” de 2000.
En 1960, Lester Mallory, Subsecretario de Estado Adjunto para Asuntos Interamericanos, manifestaba que la finalidad del cerco a Cuba «era debilitar la vitalidad de la economía cubana, provocar hambre, desesperación y sembrar el descontento con el objetivo de facilitar un cambio de régimen.»Literalmente añadía: «deberían de tomarse rápidamente todas las medidas posibles para debilitar la vida económica de Cuba negando dinero y suministros a Cuba para reducir los salarios monetarios y reales, provocar hambre, desesperación y el derrocamiento del gobierno».
El Tribunal escuchó a numerosos testigos y reunió amplias pruebas durante el periodo de sesiones. Oyó a la acusación y examinó los argumentos en defensa del acusado, la Administración de los Estados Unidos.
Las sanciones que EEUU le viene imponiendo a Cuba afectan a todo el sector económico y financiero. La sentencia apunta en primer lugar al tecnológico, «vital para el desarrollo económico y el acceso a las innovaciones tecnológicas. Las transacciones internacionales de pago están prácticamente cerradas para Cuba. Ningún país afronta un proceso de modernización tecnológica bajo esas condiciones.» También y de forma muy especial al sector de la salud pública: «Los efectos extraterritoriales del bloqueo han obstaculizado gravemente y, muy a menudo, ha imposibilitado la importación de los componentes necesarios para la fabricación de medicamentos, así como como la cooperación médica internacional.» De igual forma, el bloqueo ha provocado una reducción cada vez mayor del suministro de combustible, obstaculizando el progreso industrial y de forma muy especial en la agricultura, con consecuencias dramáticas en la importación de fertilizantes y herbicidas o en el funcionamiento del sistema de riego.
Tampoco se ha librado del asedio yanqui el sector de la educación. El bloqueo obstruye gravemente todas las oportunidades de la educación on line «y repercute negativamente en las posibilidades de los cubanos de contar con una infraestructura adecuada, mayor acceso a Internet e informatización.»
Reconoce el Tribunal Internacional que «las pruebas recogidas de testigos, videos y documentos han dado la impresión de un ataque concentrado contra las estructuras básicas de la sociedad cubana, sus medios de vida y sus capacidades de desarrollo, que es único y sin precedentes en la historia por su duración y alcance.»
Las sanciones violan claramente, añade la sentencia, la soberanía de Cuba, que está protegida por el Artículo 2, apartados 1, 4 y 7, de la Carta de las Naciones Unidas y transgreden la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH) de 1948 y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, así como determinadas disposiciones de la Organización Mundial del Comercio (OMC) sobre la protección de la libertad de comercio y numerosos principios del Tratado de la Unión Europea (TUE, Tratado de Maastricht).
En su fallo, el Tribunal dispone que «dado que las numerosas sanciones y las leyes estadounidenses en las que se basan son ilegales, deben ser abolidas. Los EE.UU. deben pagar una indemnización por los daños causados al Estado cubano, a sus empresas y a sus ciudadanos.»
Entre los jueces que presidieron el tribunal estaban el experto en Derecho Internacional alemán Norman Peach, miembro de la Sociedad de Juristas Democráticos y profesor, Dimitris Kaltsonis, miembro del Colegio de Abogados de Portugal, Ricardo Joao Duarte, presidente del Gremio Nacional de Abogados Suzanne Adely, escritora y la periodista Daniela Dahn, y la especialista en Derecho Internacional Simone Dioguiardi.
La acusación que presentó los alegatos iniciales estuvo compuesta por Jan Fermon, del Colegio de Abogados de Bruselas, Nana Gyamfi de la Conferencia Nacional de Abogados Negros de Estados Unidos, y Antonio Segura del Colegio de Abogados de Madrid.
La Fiscal del caso, la abogada y activista de derechos humanos Nana Gyamfi declaró: «El bloqueo ha tenido un impacto desproporcionadamente negativo en las mujeres cubanas y las personas con discapacidad. El bloqueo ha exacerbado la brecha de género e impedido que las mujeres alcancen sus objetivos para sí mismas y sus familias. Las mujeres, como principales cuidadoras y profesionales de la salud, se ven afectadas por los impactos del embargo en el sector de la salud de Cuba. Los cubanos con discapacidad también enfrentan un daño desproporcionado ya que el bloqueo les impide acceder a equipos y software que permitan la inclusión social y la autonomía personal y mejoren su calidad de vida».
Peter Mertens, líder del Partido de los Trabajadores de Bélgica (PTB), intervino en las sesiones para señalar: «No se puede ser soberano y, al mismo tiempo, seguir escuchando las órdenes de Washington. Cualquier país que afirme ser soberano debe establecer sus propias relaciones y no someterse a las prácticas ilegales de coerción y castigo de Estados Unidos. Europa debe seguir su propio camino y establecer relaciones plenas con Cuba».
Belinda Sánchez, científica cubana y una de las creadoras de la vacuna Soberana COVID-19, testificó ante el Tribunal y denunció las múltiples formas en que la investigación y el desarrollo científicos de Cuba se ven severamente limitados por el bloqueo de EEUU.
Las acciones y omisiones anticubanas, casi tan antiguas como vida, constituyen unas de las acciones más viles de ilegales llevadas a cabo por USA a lo largo de su historia. Tanto presumir de democracia y su antidemocracia es escandolsa.
Interesante, gracias!
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