El Poder Judicial y (4). El régimen del 78 y la judicatura
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Es mucho más democrático un sistema en el que sea el Parlamento el que designe de entre jueces y magistrados a los doce vocales de procedencia judicial, a que sean los propios miembros de esa carrera quienes los nombren.
La Constitución de 1978 regula el poder judicial, apostillando que «emana del pueblo y se administra en nombre del rey», inciso ese último que resulta completamente innecesario. Establece la atribución jurisdiccional exclusiva a jueces y magistrados, para juzgar y hacer ejecutar lo juzgado y crea el Consejo del Poder Judicial como órgano de gobierno del mismo. No debemos perder de vista que este ente no es el titular del poder judicial, que solo lo ostentan los jueces y magistrados, que son los encargados de juzgar y ejecutar lo juzgado.
El texto constitucional establece la composición del mismo, y su sistema de nombramiento. En la actualidad, conforman este órgano de gobierno veinte miembros, llamados vocales, nombrados por el rey, elegidos por las Cortes Generales (Congreso y Senado) entre jueces y juristas de reconocida competencia y un presidente, que será a su vez Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial. Este es designado por el Pleno del Consejo en su sesión constitutiva entre miembros de la Carrera Judicial o juristas de reconocida competencia. Los vocales son nombrados por un período de mandato de cinco años, a partir de la fecha de la sesión constitutiva. El CGPJ se renueva en su totalidad, una vez transcurridos los cinco años de mandato, aunque el Consejo saliente continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo.
Los vaivenes producidos en la concreción del sistema de elección, han venido condicionados por la generalizada percepción de que, dado el mayoritario carácter conservador de los jueces y magistrados, si ellos eligen, el resultado estará mucho más situado a la derecha que si lo hacen las cámaras. Aparte de la percepción generalizada de esa condición conservadora, el dato objetivo de que de entre los jueces afiliados, aproximadamente el sesenta por ciento de la profesión, un 85% lo están en las asociaciones de matiz conservador, y solo un 15 por ciento en la progresista. Por eso el poderoso interés del Partido Popular de propiciar un nuevo sistema de elección que asegure un Consejo General del Poder Judicial de mayoría conservadora, afín a sus intereses. De ahí también su voluntad de que no se desbloquee el último de los consejos designados, pese a haber superado en exceso el periodo de su mandato, pues se hizo bajo su mayoría parlamentaria, con evidente sesgo derechista.
El partido popular ha sido muy consciente desde el arranque del régimen del 78 de la enorme importancia del poder judicial. Ha seguido al pie de la letra, adaptándola a la circunstancia, aquella vieja frase atribuida al conde de Romanones de que “otros hagan la Ley, pero déjenme a mí los reglamentos”, entendida ahora como “ya que no podemos evitar que haya ocasionalmente mayorías progresistas que puedan hacer leyes avanzadas, dejen que yo nombre los jueces que las interpreten”.
Aparte de este interés decisivo, concurre también el no menos importante de controlar la composición de los miembros de las salas judiciales que eventualmente juzgarán a políticos y funcionarios, y no solo en casos de corrupción. Ya hemos visto como se ha ido levantando la veda para hacer interpretaciones cada vez más reaccionarias y represivas sobre delitos de opinión, insultos a la religión católica, etc.
Trillo fue tan especialmente fecundo para el PP en esta materia, como dañino para las instituciones, al ir colocando en la extensa etapa en que fue encargado por dicho partido para los temas judiciales, de facilitar el nombramiento de los elementos más reaccionarios, cuando no ultras, que le fuera posible, y si estaban vinculados a la conocida secta religiosa a la que él mismo pertenece, tanto mejor.
Indudablemente, es mucho más democrático un sistema en el que sea el Parlamento el que designe de entre jueces y magistrados a los doce vocales de procedencia judicial, a que sean los propios miembros de esa carrera quienes los nombren, a pesar de los abusos que como consecuencia del reparto de cromos han venido haciendo tradicionalmente PP y PSOE, distribuyéndose entre sus afectos los nombramientos.
Rechazo es lo que merece la actitud del Partido Popular, pretendiendo de forma ventajista que los propios jueces elijan a los doce miembros de entre los jueces y magistrados, para asegurarse una mayoría rancia aún más acusada de la que ya disfruta actualmente. Repudio que se extiende a su negativa a renovar, pese a la caducidad del mandato del actual CGPJ, que nombrado en época de Rajoy, es de un conservadurismo extremo en su mayoría.
Como ya se ha dicho, el poder judicial es de importancia decisiva en cualquier sistema político, motivo por el cual el Partido Popular mantiene el actual consejo, nombrado bajo sus mayorías absolutas, dificulta su renovación y atiende permanente a su control, más o menos oculto, desde detrás, como decía Coxidó. Todo esto, sin entrar al asunto de las sectas religiosas, para manipularlo en la medida que le sea posible. De la gravedad de este problema da fe la disposición que se aprobó por el Consejo General del Poder Judicial el 25 de julio de 2000, a propuesta de Javier Moscoso, prohibiendo la pertenencia de jueces y fiscales a las organizaciones secretas o que generen entre sus adeptos vínculos de obediencia y disciplina, que según algunos de los consejeros, incluiría al Opus Dei, según informaba el diario el País, el 26 de julio de 2000.
La moción aprobada dice así: «Los jueces y magistrados, así como los fiscales, mientras se hallen en el servicio activo, no podrá pertenecer a partidos políticos, sindicatos ni a organizaciones secretas o que funcionen sin transparencia pública, sea cual sea la forma jurídica que adopten, que pueda generar vínculos de disciplina u obediencia ajenos a los mandatos del ordenamiento jurídico constitucional».
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ODA A LOS JUECES ESPAÑOLES
Tienen los jueces de España
Singular asociación
De gente de su calaña
Vendidos de profesión
Se dice magistratura
Dice ser profesional
Y no son más que basura
Una carroña moral
Brutales con el rapero
Muy suaves con el pudiente
Cosa normal y corriente
Porque Pablo no es banquero
Se montan un juicio-farsa
De antemano decidido
Porque el juez, que es el comparsa
Ya en el trato ha consentido
Y cuando dictan sentencia
Por dios les viene dictada
Tras divina transferencia
En negro realizada
Absolvieron a la infanta
Tratan bien al compañero
De ello ya nadie se espanta
Poderoso caballero
Inhabilitan a Serra
Pero absuelven a Agapito
Yo lo digo y lo repito
Son unos hijos de perra
En este país los jueces
Son los desechos fecales
Sucias, pestilentes heces
Verdaderos criminales
Y detienen a Toledo
El obispo ni se toca
Vergüenza tienen muy poca
Sus togas huelen a pedo
Cuando procesan a Willy
Demuestran su vocación
Son hijos del niño Billy
Estirpe de un gran cabrón
Esto es la judicatura
La mismísima indecencia
Putrefacta y caradura
La auténtica delincuencia
Se esmeran con el banquero
Se ensañan con el enano
Al que no tiene dinero
Le dan fuerte por el ano
Ahora absuelven al cantante
Y con pruebas de ADN
Porque saben lo que tiene”
Pasta constante y sonante
Son del país el bochorno
Son la mara nacional
Puro producto rectal
Son los reyes del soborno
Proteger al poderoso
Es la función esencial
De este poder asqueroso
Que llamamos judicial
Alberto pierde el escaño
Y Botín no entra al talego
Estafa de gran tamaño
De la que disfruta luego
Lamentaciones no caben
Los ciudadanos lo saben
Los ciudadanos lo entienden
QUE LOS JUECES SE COMPRAN Y SE VENDEN