Los eurocomunistas del PCE rechazan las impugnaciones contra el proceso de su Conferencia Política

Los militantes que recurrieron no pudieron participar en la Conferencia Política porque fueron suspendidos de militancia, decisión revocada en sede judicial por lesión del derecho fundamental de defensa.

El Comité Central del PCE ha desestimado los escritos de impugnación que un numeroso grupo de militantes había presentado contra los acuerdos adoptados por la Conferencia Política que tuvo lugar a principios del mes de octubre del pasado año.

El motivo fundamental que alegaban se centraba en la imposibilidad que tuvieron de participar como candidatos en la elección de delegados a ese evento conferencial y concurrir al mismo para poder defender enmiendas o textos alternativos de manera directa y personal. Este impedimento se había originado, según los recurrentes, en el hecho de que a principios de enero de 2020 fueron objeto de expedientes disciplinarios con imposición de la medida cautelar de suspensión de militancia, y la elección de delegados se producía, precisamente, días más tarde de ser apartados del PCE.

De este modo, un conjunto de unos cincuenta militantes, valedores en el seno de la organización de los principios del marxismo-leninismo, no pudieron participar en el proceso de la Conferencia Política.

Cuando el Juzgado de Primera Instancia de Granada dictó el auto de 10 de julio de 2020 declarando dejar sin efecto esta suspensión de militancia por vulneración del derecho fundamental de defensa, el proceso de la Conferencia Política había superado ya la fase de elección de delegados. De modo que, pese a esta resolución judicial, que la dirección eurocomunista del PCE no recurrió y que de manera expresa consintió, los militantes disconformes no pudieron concurrir como delegados a la Conferencia Política, consecuencia de la maniobra torticera del grupo de Enrique Santiago.

Es cierto que el auto judicial no requirió a la dirección eurocomunista para que modificase el cronograma de la Conferencia Política para que pudieran participar los militantes indebidamente suspendidos de militancia, pero lo razón de ello, según esta decisión judicial, fue la declaración del Estado de Alarma y sus sucesivas prórrogas que determinaron la suspensión del evento conferencial, inicialmente previsto para el 4 de abril de 2020.

La dirección eurocomunista, sin embargo, mantuvo la validez de los delegados elegidos para la Conferencia Política, prevista en principio para esta fecha y luego suspendida, y rechazó toda posibilidad de que los militantes, que por decisión judicial había sido incorporados a la militancia con todos sus derechos estatutarios, tuvieran una nueva oportunidad de participar en el proceso conferencial.

Para culminar esta maniobra fraudulenta, el pasado 6 de septiembre, la dirección eurocomunista declaró la caducidad de los expedientes disciplinarios con la finalidad de que el procedimiento judicial, que los militantes expedientados pusieron en marcha por transgresión de derechos fundamentales contra el grupo de Enrique Santiago, se archivara en sede judicial y evitar así una previsible sentencia sobre el fondo del asunto desfavorable a sus intereses. Como suele ocurrir en algunos casos, el instituto de la prescripción o el de la caducidad, suele ser el refugio de los infractores.

Por este motivo, este grupo eurocomunista solicitó de manera expresa al Juzgado de Granada el archivo de las actuaciones, mientras que los militantes demandantes han interesado la continuidad del procedimiento hasta que se dicte sentencia firme sobre el fondo del asunto.

Por el momento el Juzgado no ha tomado ninguna decisión al respecto. De prosperar lo que postulan los militantes de la antigua Plataforma, y para el caso de que obtuvieran finalmente una sentencia favorable, quedaría abierto entonces el camino para interesar de nuevo en sede judicial, en procedimiento diferente, la nulidad de todo el proceso de la Conferencia Política por haberse celebrado ésta apartando manu militari a un numeroso grupo de militantes del proceso conferencial con lesión del derecho fundamental de participación política.

En la resolución del Comité Central denegatoria de las impugnaciones, se indica que no hubo «intención de apartar o impedir la participación en el proceso de la Conferencia Política, cuando lo que se realizaba era la defensa de la legalidad interna que se trataba de violentar».

Foto: El Plural, 20/11/20

Si fueran sinceras estas últimas palabras que transcribimos ¿por qué entonces la dirección eurocomunista del PCE, cuando le notificaron el auto judicial que dejaba sin efecto las medidas cautelares de suspensión de militancia, no procedió a convocar nuevas elecciones a delegados solo en aquellas provincias en las que residían los militantes expedientados? El auto judicial se dictó en fecha de 10 de julio de 2020 y la Conferencia Política se celebró a primeros de octubre siguiente. Hubo tiempo más que suficiente para corregir comportamientos que habían sido declarados transgresores de derechos fundamentales en sede judicial ¿por qué no respetaron la decisión judicial?

Corregir errores es muy difícil para los soberbios. En fin, como dice el refranero popular, el  oro hace soberbios, y la soberbia, necios.

Varadero


Foto destacada: El Pais 11.04.17

Comparte este artículo

2 thoughts on “Los eurocomunistas del PCE rechazan las impugnaciones contra el proceso de su Conferencia Política

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *