Morir por el trabajo

La muerte de un trabajador de los servicios de limpieza madrileños después de sufrir un “golpe de calor” es la expresión dramática de un problema general que afecta día tras día a la salud y la vida de miles de trabajadores en España.

En medio de otra “ola de calor”, parte de la prensa del país ha recogido el caso con más detalle del que suele dedicar a una realidad social que, por desgracia, no es excepcional. El trabajador fallecido se llamaba José Antonio González y tenía 60 años. Tenía un contrato temporal de un mes de duración en la empresa Urbaser, una de las concesionarias del privatizado servicio de limpieza pública de la capital de España. Años antes, la frutería en la que primero había estado empleado y después regentó tuvo que cerrar. Trabajó más tarde en una cadena de supermercados de la que fue despedido improcedentemente. El viernes 15 de julio empezó su trabajo a las dos de la tarde en las calles del barrio de Vallecas, aceptando el cambio de turno que le había pedido un compañero. Quería mantener el puesto de trabajo a toda costa, explicó su hijo.

Tres horas después de empezar el turno cayó inconsciente. No volvió a levantarse. La temperatura en la calle rondaba los 40 grados. La de su cuerpo superaba los 41. Horas después fallecía en el hospital Gregorio Marañón de Madrid.

Cada vida humana es irrepetible y cada muerte a consecuencia del trabajo deja a una familia sumida en el dolor. También es socialmente inaceptable, sobre todo porque la mayor parte de las veces es muy probablemente evitable con una prevención adecuada de los riesgos, como ha señalado, en referencia al malogrado trabajador madrileño, el responsable sectorial de limpieza viaria de CCOO de Hábitat Madrid.
Cada una de las etapas del itinerario laboral de José Antonio González recogidas por los medios evoca vicisitudes y dificultades que han determinado masivamente las condiciones de trabajo y de vida de la clase obrera en España durante las últimas décadas.

Masivas son también las manifestaciones de los riesgos del trabajo para la salud y la vida de los trabajadores. La estadística de accidentes de trabajo en España contabiliza un promedio anual de más de medio millón de partes de baja por este concepto en los últimos años (2016 a 2021), que suponen un “índice de incidencia” que supera los 3.000 accidentes por cada 100.000 trabajadores. Naturalmente, estas cifras incluyen secuelas de muy desigual gravedad. Las muertes por accidente laboral arrojan una media cercana a las 600 anuales (3,3 por 100 mil trabajadores). Las cifras recientes expresan un descenso considerable del número de casos respecto de los máximos registrados por la serie estadística que se aproximaron al millón de partes de baja entre los años 1999 y 2008 y superaban regularmente el millar de casos mortales hasta los primeros años 2000, cuando la estadística del Ministerio de Trabajo todavía no contaba todas las muertes por accidente ocurridas en el plazo de un año desde la fecha del siniestro, como hace, en principio, desde 2016.

Pero, a pesar de este descenso y sin perjuicio de la diferente calidad de las estadísticas disponibles según los países, la incidencia relativa de la accidentalidad laboral en España es de las más altas del continente, en torno al doble de la proporcionada por Eurostat para el conjunto de la UE, casi el doble de la que asigna a Alemania y cerca del triple de la de Países Bajos.

Hay que añadir, además, las bajas derivadas de accidentes “in itínere” (desplazamientos de los trabajadores entre domicilio y lugar de trabajo), unas 80.000 anuales en España en el periodo más reciente y un promedio de desenlaces fatales de alrededor de 150 al año. Sin olvidar los más de 700.000 accidentes de trabajo sin baja médica que, normalmente, viene registrando cada uno de estos últimos años la estadística pública. En total, un recuento oficial en torno a 1 millón 300 mil accidentes laborales al año… que, pese a todo, dan una imagen muy incompleta del problema.

Los recuentos de casos de enfermedad profesional (un promedio cercano a los 22.000 anuales para el periodo 2016-2021) son un reflejo mucho más parcial e insuficiente de los efectos del trabajo y sus condiciones de realización en la salud y la enfermedad de los trabajadores. Abortada por la insurrección militar contra la República la Ley de Bases de Enfermedades Profesionales del gobierno del Frente Popular (13 de julio de 1936), el reconocimiento legal de la “enfermedad profesional” se inició en los años 40
del siglo pasado y, hasta el Cuadro de enfermedades profesionales actualmente vigente (de 2006), ha avanzado lenta y costosamente, con cuentagotas y con un alcance muy limitado. De tal modo que, en la mayor parte de los casos, la única vía para el reconocimiento de un efecto de la actividad laboral en determinado estado patológico de un trabajador o trabajadora es su aceptación como accidente de trabajo: sin automatismos, a través de un penoso proceso administrativo y, en su caso, ante los tribunales, cuyos resultados son inciertos.

La consecuencia es un tremendo subregistro que favorece una acusada invisibilización de un problema que se relega interesadamente a la esfera individual y personal (una fatalidad sobrevenida, cuando no imputada por los agentes patronales a una “predisposición” del trabajador o a sus “hábitos” o “comportamientos”), escondiendo la realidad general de su naturaleza colectiva y social. Según un informe de especialistas presentado a mediados de 2021 al Parlamento y al Gobierno de Francia, de los 50.000 a 80.000 casos anuales de cáncer que estima son de origen “profesional” (sobre un total de unos 380.000 y más de 150.000 defunciones anuales por esta causa en el país vecino), solo unos 2.000 son reconocidos como tales: 4 de cada 100 en el mejor de los casos [1]Selim Derkaoui: “Ces cancers professionnels qui tuent en silence”, Le Monde diplomatique, junio 2022..

La creciente privatización de la gestión de la seguridad social favorece la invisibilización de los riesgos del trabajo y de sus consecuencias. En España, esta tendencia se ha acentuado desde mediados de los pasados años 90, con el reforzamiento del papel de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales, en gran medida inmunes a todo control público, como denuncian las Asociaciones de Defensa de la Sanidad Pública (FADSP): modificación de la composición de sus consejos de administración que asegura la mayoría patronal (Real Decreto 1993 de 1995); aumento de las competencias de las mutuas en la gestión y el control de las bajas médicas, incluida la incapacidad laboral motivada por enfermedad común, con atribuciones para imponer exploraciones médicas paralelas a los trabajadores en situación de baja laboral e “instar y dar altas incluso contra el criterio del médico del Servicio Público y de la propia Inspección Médica”; recurso frecuente por parte de las mutuas a empresas de detectives privados para la vigilancia de las bajas laborales (FADSP, 2009). A propósito de las mutuas, el Tribunal de Cuentas constató en su Informe de 2009 una “privatización indirecta del ejercicio de potestades públicas […], una gestión de la contratación en la que los intereses privados se han solapado con el interés público generando un beneficio económico antijurídico”.

En un alto grado, los daños a la salud provocados por el trabajo y las condiciones en que se realiza no son independientes del modo de organización de la sociedad. Ni su intensidad ni su frecuencia son mera consecuencia de una fatalidad incontrolable, ya sea “climática” o de otra índole. Tienen un fuerte cariz estructural y de clase.

No deja de ser reveladora la respuesta pública del alcalde de Madrid cuando le preguntaron por el accidente que costó la vida a José Antonio González. Según Martínez Almeida (PP), como su contrato de trabajo era con una contratista privada, la víctima no era trabajador municipal. Por otra parte, el alcalde dijo ignorar que los trabajadores tenían que realizar su tarea embutidos en uniformes de poliéster que potencian el calor ambiente.

Trabajadora de la limpieza de Madrid
Trabajadora de la limpieza en calles de Madrid, El Salto Diario

La cuestión de la “responsabilidad patronal” y de su dilucidación entre empresa principal y contratista está presente en la legislación sobre accidentes de trabajo desde sus inicios en España, a comienzos del siglo XX. Con mucha frecuencia ha sido objeto de litigios judiciales. En su artículo 24.3, la Ley 31/1995, de prevención de riesgos laborales, dispone que las “empresas que contraten o subcontraten con otras la realización de obras o servicios correspondientes a la propia actividad de aquéllas y que se desarrollen en sus propios centros de trabajo deberán vigilar el cumplimiento por dichos contratistas y subcontratistas de la normativa de prevención de riesgos laborales”. ¿Acaso la vía pública no es espacio de trabajo propio de un servicio público de limpieza? Siendo Martínez Almeida abogado del Estado, resulta más llamativo el desconocimiento que declara de las condiciones de trabajo en el servicio.

Responsabilidad e irresponsabilidad se declinan en varios planos: jurídico, político, personal. Tratándose de un cargo electo, es decir de un demandante (múltiple) del voto popular, algunos propósitos del alcalde parecen descuidos. Especialmente en lo que se refiere a lo que periodistas y tertulianos han calificado de “frialdad” o “falta de empatía” ante un hecho tan grave como la muerte de un empleado por las condiciones de trabajo en la limpieza de las calles de su ciudad. Se habla de conciencias de clase. También existen inconscientes de clase. Afloran en comportamientos y declaraciones, hasta cuando menos se les espera.

Privatizaciones, externalizaciones, desvalorización y precarización del trabajo, degradación de sus condiciones, desentendimiento de los poderes públicos, carencias crónicas de inspección… Todo ello tiene nombre. Aunque no quepa imaginar una casilla especial para el “neoliberalismo” (o simplemente capitalismo) en ninguna clasificación internacional de enfermedades y causas de muerte. Oímos bastantes
referencias a la “desigualdad social”, pero muy pocas al sistema que las genera y a sus mecanismos: fundamentalmente socioeconómicos (y no meramente “políticos”).


Arón Cohen (catedrático de Geografía Humana jubilado)

Notas

Notas
1 Selim Derkaoui: “Ces cancers professionnels qui tuent en silence”, Le Monde diplomatique, junio 2022.
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One thought on “Morir por el trabajo

  • 27 de julio de 2022 en 08:50
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    Existe aparte de una clara explotación de una clase ,la dominante a otra ,la trabajadora,,,que llega al esclavismo ,,,en la hostelería ,,albañileria ,,y demás sectores de la construcción,,en los que se trabajan más de doce horas diarias ,,que nunca se pagan,,además no se deberia echar ,no solo por ilegales,,sino porque estas os trabajadores ,,están expuestos ,,como el compañero de Madrid ,,en plena calle ,,a temperaturas extremas ,,,Almeida está todo el día con su sillón,,coche oficial ,climatizado ,,y despacho igual,,,Puro clasismo ,,,Quien dijo que se acabó la lucha de clases ,,,??y que ya todas os éramos iguales…Lucha obrera…mucho por conseguir..😡

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